Continuando los buenos días de ayer, hoy nos unimos al Día Mundial contra el Trabajo Infantil. Ayer comentamos una de las categorías prohibidas por el derecho internacional. Hoy comentamos las otras dos categorías.
- Trabajos realizados por niños que no alcanzan la edad mínima especificada para ese tipo de trabajo y que, impiden la educación y el pleno desarrollo del niño.
- Un trabajo que ponga en peligro el bienestar físico, mental o moral del niño, por ser un trabajo peligroso.
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